Gobierno de España. Ministerio de Fomento

1,5% Cultural. Solicitud de ayudas del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la conservación del patrimonio arquitectónico

El Ministerio de Fomento ha convocado por Orden de 30 de diciembre de 2019, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado el 16 de enero de 2020, las ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español, dentro del Programa «1,5% Cultural».

Tanto el procedimiento como los criterios para la selección y priorización de los proyectos que soliciten financiación con estos fondos, se establecen en la Orden FOM/1932/2014 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y por la Entidades del sector publico dependientes o vinculadas.

El plazo de presentación de solicitudes, ya finalizado era de 40 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria, sin perjuicio de lo establecido en el Art. 30.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quedando establecido como último día para presentación de solicitudes en la Sede Electrónica el 12 de marzo de 2020, a las 24:00

Cabe resaltar que, como norma general, de acuerdo con el Art. 14 de la Ley 39/2015, las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana o por cualquier otro registro público electrónico conforme al Art. 16 de la citada ley.

Los criterios de admisión de solicitudes son los establecidos en los Arts. 2 y 3 de la mencionada Orden FOM/1932/2014, de 30 de septiembre.

Las solicitudes admitidas serán valoradas por una Comisión de Valoración formadas por los Ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Cultura y Deporte, con arreglo a los criterios de valoración establecidos en el Art. 7.

Por su parte, el procedimiento de otorgamiento de las ayudas se detalla en los artículos 8 y 9.

A la hora de tramitar la solicitud de ayudas a través de la Sede Electrónica, se deberá tener en cuenta las siguientes cuestiones:

  1. El primer paso será descargar, cumplimentar y guardar en el disco duro el impreso de solicitud que aparece en el panel lateral derecho.
  2. Posteriormente se debe iniciar la tramitación electrónica (el acceso también se produce a través del panel lateral derecho). Para ello, es necesario disponer de un certificado digital en vigor.
  3. En el Paso 2 (Datos de la solicitud) deberá adjuntar el formulario de solicitud cumplimentado. El resto de la documentación indicada en el Art. 4.1 de la Orden FOM/1932/2014 deberá adjuntarla en el apartado “Documentación adjuntada”, con un límite de 10.240 Kb.

Deberá pulsar el botón “Anexar” para subir cada documento.

El proceso de solicitud concluye una vez firmada y enviada la solicitud. Deberá conservar el justificante generado automáticamente para cualquier consulta sobre el procedimiento.

Solamente se abrirá un nuevo trámite por cada solicitud, pudiendo subsanar o anexar nuevos documentos las veces que sea preciso en el trámite ya abierto.