Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Certificación administrativa para la cancelación de créditos hipotecarios concedidos por el INV

El procedimiento de certificación administrativa para cancelación de créditos hipotecarios es un trámite competencia de la Subdirección General de Política y Ayudas a la Vivienda de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que tiene como objetivo la expedición de Certificaciones Administrativas para proceder a la cancelación registral de los créditos hipotecarios afectados por la disposición adicional número 40, de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006 (BOE 30/12/2005).

El procedimiento puede ser iniciado por el propietario de inmueble (actuando por sí o por medio de representante), titular de un crédito hipotecario de los concedidos por el Instituto Nacional de la Vivienda, al amparo de la Ley de Viviendas Protegidas, de 19 de abril de 1939 y de la Ley de Vivienda de Renta Limitada, de 15 de julio de 1954.

Para iniciar el trámite el interesado deberá aportar la siguiente documentación:

  • Formulario modelo o documento en que solicite la certificación.
  • Nota simple informativa del registro de la propiedad.
  • Autorización del titular cuando la solicitud sea presentada por representante autorizado.
  • DNI del titular (y del representante en su caso).