Como aspectos más destacados de la convocatoria, pueden destacarse los siguientes:
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Cuantía del premio: 60.000,00 €, que se imputan al crédito presupuestario 17.10.261O.488.
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Las candidaturas para concurrir al Premio Nacional deberán ser presentadas por organizaciones, instituciones o corporaciones con personalidad jurídica que tengan acreditada vinculación con la Arquitectura, el Urbanismo y las Bellas Artes. En consecuencia, se encuentran obligados a la presentación de la candidatura por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, deberán presentarlas en el plazo indicado por vía telemática a través de la siguiente dirección: https://sede.mitma.gob.es.
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Plazo de presentación de candidaturas: 20 días naturales.
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Documentación a aportar: Una solicitud acompañada de una memoria en la que se hará constar los méritos y circunstancias especiales que concurren en la candidatura propuesta y todo el material documental que permita acreditar la contribución del candidato propuesto al enriquecimiento de los aspectos sociales, tecnológicos y sostenibles de la Arquitectura o el Urbanismo español dentro y fuera de nuestras fronteras.
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Plazo máximo para dictar la resolución del fallo del premio: 4 meses.
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Procedimiento de resolución: mediante Orden ministerial, a propuesta de un Jurado, que estará formado por:
- Presidencia de Honor: El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, quien no participará en las deliberaciones del Jurado.
- D. Álvaro Siza Vieira, galardonados con el Premio Nacional de Arquitectura 2019.
- D. Alberto Campo Baeza, Premio Nacional de Arquitectura 2020.
- D. Luis Fernández-Galiano, a propuesta de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.
- Dña. Mar Loren Méndez, a propuesta de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas.
- Dña. Sol Madridejos Fernández, a propuesta del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España.
- Dña. Eva Armas Gil, a propuesta de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España.
- Dña. María Langarita Sánchez, a propuesta de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.
- Secretario: El Director General de Agenda Urbana y Arquitectura, que actuará con voz y voto.
- Secretario de actas: La Subdirectora General de Arquitectura y Edificación, con voz pero sin voto.
En el acto de constitución del Jurado, sus miembros elegirán de entre ellos a la persona que ostentará la Presidencia del mismo.