Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Descripción del procedimiento

Cualquier empresa que desee dar un servicio discrecional en territorio internacional tiene que cursar una solicitud para la petición de la correspondiente autorización.

Los pasos que comprende el procedimiento son:

  • Presentación por parte del interesado de la solicitud correspondiente. Esta solicitud debe ir acompañada con un documento donde se expongan las características del servicio y se proporcione información complementaria.
  • Junto con la solicitud se debe adjuntar el documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente.
  • Si se trata de una petición para un servicio dentro del territorio de la Unión Europea, al tratarse de un servicio liberalizado, directamente se otorga el documento de control.
  • Si se trata de una petición para un servicio que comprende territorios externos a la Unión Europea, y el servicio que se solicita se encuentra liberalizado en los Acuerdos bilaterales suscritos con los países a los que afecta el servicio, la Dirección General Transporte por Carretera otorga el documento de control (se ha convenido el uso del documento de control previsto en el Acuerdo INTERBUS, para todos los servicios discrecionales liberalizados en los Acuerdos bilaterales, como medida de homogeneización de documentos).
  • Si el servicio discrecional no está liberalizado, la Dirección General Transporte por Carretera se pone en contacto con los Ministerios homólogos de estos países para informarles de la petición. Una vez resuelta la petición, la Dirección General Transporte por Carretera proporciona al interesado el documento de control que lo habilita dentro del territorio nacional, la autorización española y la autorización de los otros estados. (Ésta podrá ser entregada por la Dirección General Transporte por Carretera o bien por cada uno de los países, que es lo habitual).

Durante la solicitud telemática se le exigirá que facilite el denominado NRC ("Número de Referencia Completo"). El NRC sirve para justificar que el pago de la tasa (modelo 790, código 023) se ha realizado correctamente. Por tanto, la solicitud telemática requiere el previo pago telemático de la tasa.