Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Descripción del procedimiento

En el caso de que se haya recibido una notificación de inicio de un procedimiento sancionador en materia de transportes por carretera, podrá formular alegaciones al Inicio de procedimiento sancionador o presentar recursos contra la resolución definitiva a través de esta Sede Electrónica, siempre que se encuentre dentro del plazo indicado en la notificación. Para ello pulse el botón ”Iniciar” en el recuadro “Tramitación electrónica“ que aparece a su derecha.

También puede presentar justificantes de pago de sanción que se adjuntarán a la documentación del expediente.

Deberá indicarse en la solicitud el número del expediente, y el NIF de la Empresa denunciada, pudiéndose acompañar la documentación anexa que se considere oportuna.

El procedimiento sancionador en materia de transportes por carretera deriva de la constatación de incumplimientos a la legislación en materia de transportes, por los que se pueden imponer multas desde 100 € a 6000 € y superiores si existen antecedentes infractores.

Las fases de las que consta el procedimiento son las siguientes:

  • Inicio expediente sancionador, por acta de la Inspección de o por boletín de denuncia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías Autónomas o Locales encargadas de la vigilancia del transporte por carretera.
  • Notificación del inicio del expediente y sanción propuesta
  • Presentación de alegaciones
  • Resolución definitiva
  • Notificación de la Resolución
  • Recurso contra la sanción

Este procedimiento se inicia de oficio por parte de la Administración.