Trimestralmente las empresas concesionarias de servicios de transporte público regular de viajeros por carretera deben enviar a la Dirección General de Transporte Terrestre información relativa al número de viajeros desplazados, volumen de tráfico medido en viajeros/Km., volumen de tráfico medido en vehículos/Km. y la recaudación total obtenida.
El formato de esta información se encuentra normalizado.
Modo de uso
- Las empresas concesionarias envían trimestralmente información relativa a sus actuaciones.
- La DGTT recoge estos datos y los procesa.