Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Declaración responsable para la prestación de servicios postales no incluidos en el ámbito del servicio postal universal

La presentación de la declaración responsable habilita para la prestación de servicios postales no incluidos en el ámbito del servicio postal universal, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 41 de La Ley 43/2010.

Los interesados en prestar este tipo de servicios deben cumplimentar el Modelo de Declaración Responsable y remitirlo a la Subdirección General de Régimen Postal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para su inscripción en la Sección A del Registro General de empresas prestadoras de servicios postales.

También deberán remitir el justificante del pago de la tasa por inscripción en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales, establecida en la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos por lo que la referida remisión deben realizarla exclusivamente a través de esta sede electrónica pulsando en la opción “Tramitación electrónica”.

Las personas físicas que no deseen relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos pueden remitir la citada documentación por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Una vez recibida la declaración responsable la Subdirección General de Régimen postal inscribirá, de oficio, en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales (Sección A) la situación administrativa y los datos relativos al prestador de servicios postales. Como justificante de esta inscripción la Subdirección General de Régimen Postal remitirá al interesado la correspondiente certificación registral.

La declaración responsable podrá ser privada de validez y eficacia mediante resolución motivada y previa audiencia del interesado, cuando se constate que no se cumplen los requisitos exigidos. La adopción de esta resolución llevará aparejada la cancelación de la inscripción registral.

Tasa 032: Inscripción en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales.