Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Exenciones para operaciones especiales

Con sujeción a lo previsto en el artículo 4, apartados 1 y 3, del Reglamento de Ejecución (UE) nº 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012 (SERA), para la realización de las actividades de interés público relacionadas en dicho precepto (operaciones especiales) y su entrenamiento, se podrán conceder exenciones a los requisitos establecidos en SERA y en el Reglamento de Circulación Aérea, por resolución del Director General de Aviación Civil.

Las exenciones para operaciones especiales se concederán a las entidades públicas responsables de la prestación del servicio cuando realicen directamente la operación, o a los operadores aéreos con los que éstas vayan a prestar dichos servicios.

El Real Decreto 1180/2018, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y se modifican el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea (en adelante, Real Decreto 1180/2018), incorporó un nuevo procedimiento que permite la concesión de oficio de exenciones por categoría de operación especial, de modo que, una vez concedidas dichas exenciones, las entidades públicas u operadores que reúnan los requisitos para hacer uso de ellas sólo deberán presentar una declaración responsable ante la Dirección General de Aviación Civil, a través de la entidad pública responsable de la prestación del servicio.

En relación con este nuevo procedimiento, con fecha 18 de junio de 2019 entraron en vigor ocho resoluciones, de 31 de mayo de 2019, de la Dirección General de Aviación Civil, por las que se acuerda la concesión de exenciones por categoría (una resolución por cada una de las categorías de operación especial contempladas en el artículo 4.1. de SERA):

Únicamente cuando se consideren precisas exenciones adicionales a las contempladas en la resolución de exenciones por categoría para la operación especial de que se trate, se iniciará, a instancia de la entidad pública responsable de la prestación del servicio, el procedimiento de concesión de exenciones individuales para operaciones especiales.

  • Formatos asociados al procedimiento de concesión de exenciones individuales a instancia de la entidad responsable de la prestación del servicio (Real Decreto 1180/2018 – Capítulo XII – Sección 3ª):
    • FORMATO 1: Solicitud general de exenciones
    • FORMATO 2: Solicitud de exenciones en supuestos de urgente necesidad
    • FORMATO 3: Notificación de prórroga del contrato con el operador aéreo